Considera que durante el juicio no quedó probado el delito de homicidio, si bien dictamina que sí cometió un delito de omisión del deber de socorro
Ley del solo sí es sí: rebajan un año cárcel a un hombre abusó de hijastra
La menor no había cumplido aún los diez años cuando sucedieron los hechos
El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha rebajado un año la pena de trece años y seis meses de prisión que la Audiencia Provincial impuso a un hombre que en 2015 y 2016 agredió sexualmente a su hijastra, en aplicación de la ley del solo sí es sí como norma más favorable.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que los hechos fueron calificados y condenados por la Audiencia de forma correcta, pero que ahora procede hacer esa rebaja en la pena en aplicación de lo que al respecto establece el Código Penal.
Y añade que esa disminución fue pedida por la defensa del acusado en el acto de la vista oral de su recurso, mientras que el fiscal y la acusación particular se opusieron a ello.
La Audiencia Provincial de Murcia estableció como hechos probados que el acusado agredió sexualmente a la hijastra, que no había cumplido aún los diez años, en repetidas ocasiones.
En una de esas ocasiones el condenado llegó a dejarle marcas a la menor por resistirse a los abusos al sujetarla fuertemente, y cuando la madre las descubrió, ella le dijo que habían discutido por el móvil.
Además de la pena de prisión, la Sala le impuso cinco años de libertad vigilada, una orden de alejamiento durante veinte y la obligación de indemnizar a la menor con 75.000 euros.
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