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Alerta de incendios forestales hasta el 23 de agosto por altas temperaturas
Se suspenden todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado
El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publicó hoy la resolución de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio por la que se declara situación de alerta por riesgo meteorológico de incendios forestales para hoy lunes, el martes y el miércoles en la Comunidad por altas temperaturas. En este sentido, se suspenden todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado, debido a las elevadas temperaturas.
La Junta prohíbe encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello; el uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas; la suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado; la prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego; la utilización de maquinaria en el monte y la franja de 400 metros que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc. Además, el módulo de parada de las cuadrillas de tratamientos selvícolas preventivos se incrementará a nivel D (8 horas) y el de las unidades de brigada y autobomba (UBA) se incrementará a nivel E (10 horas).
Se exceptúa de estas prohibiciones el uso de esa maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, etc. siempre y cuando éstas hayan sido comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente previamente y se realicen conforme a las medidas establecidas por éstos.
Las empresas extremarán la precaución, contando con los medios necesarios para abordar la extinción de cualquier conato de incendio que se pudiera producir a consecuencia de su actividad.
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Los expedientes con incidencias deberán completarse antes de agotar el plazo; en caso contrario, se entenderán como desistidos
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