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Justicia prohíbe el registro de menores nacidos por gestación subrogada
Aún cuando exista una resolución judicial del extranjero, tal y como sucedió con los 154 niños nacidos por vientre de alquiler inscritos en el Registro Civil en 2024
El Ministerio de Justicia ha aprobado una instrucción que prohíbe el registro directo de los menores nacidos por gestación subrogada en el extranjero: quienes recurran a esta práctica prohibida en España sólo podrán formalizar la inscripción mediante vínculo biológico o adopción.
La instrucción, que se publicará este jueves en el BOE, acaba con la posibilidad de que se pueda inscribir a estos menores en el Registro Civil aun cuando exista una resolución judicial del extranjero que valide el procedimiento, como se hacía hasta la fecha, publica EFE.
De esta manera, precisan fuentes del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, el ordenamiento jurídico español se adecua al pronunciamiento del Tribunal Supremo, que en 2024 declaró nulo un contrato de menor nacido por vientre de alquiler pese a contar con una resolución judicial estadounidense que lo validaba.
En 2024, según datos del Gobierno, 154 menores nacidos por vientres de alquiler fueron inscritos en el Registro Civil en virtud de una resolución judicial extranjera.
No obstante, el magistrado del Supremo también avanza que la prisión provisional no se prolongará más allá de seis meses
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