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Puigdemont pide al Constitucional la suspensión inmediata de su orden de detención
El prófugo alude al pronunciamiento del abogado general de la UE que, según él, avalaría la suspensión de la orden de arresto
El expresidente catalán, líder de Junts y prófugo de la justicia, Carles Puigdemont, ha solicitado este lunes al Tribunal Constitucional (TC) la suspensión inmediata de las órdenes de busca, detención e ingreso en prisión formuladas contra él y pide que esta suspensión se mantenga hasta que el Tribunal dicte una sentencia firme.
En un escrito dirigido al Pleno del TC al que ha tenido acceso EFE, la defensa del Puigdemont hace referencia a las conclusiones del Abogado General sobre la Ley de Amnistía, que afirman que es plenamente compatible con el Derecho de la Unión.
Recuerda, además, que la norma ha sido declarada constitucional por el TC, por lo que "no puede ser privada de eficacia práctica por la persistencia de medidas penales restrictivas". "La fase cautelar no puede convertirse en un instrumento para reabrir indirectamente un debate constitucional ya cerrado", subraya el escrito.
Por tanto, la defensa del expresidente catalán argumenta que el pronunciamiento del Abogado General, unido a la declaración de constitucionalidad de la ley, "elimina cualquier fundamento jurídico para mantener viva una orden de detención mientras se tramita el amparo".
Advierte de que la ejecución de las órdenes de detención produciría "un perjuicio irreparable" y afectaría "de modo irreversible a la libertad personal, a la participación política del recurrente, al ejercicio de su mandato representativo y a su libertad de circulación".
En este sentido, señala que una eventual sentencia estimatoria no podría reparar plenamente los efectos de una privación de libertad ejecutada antes de resolver el fondo del recurso, lo que privaría al amparo de su finalidad constitucional.
Detalla que durante años, Puigdemont ha visto limitada su libertad de movimiento y su actividad institucional por órdenes de detención cuya validez ha sido jurídicamente desactivada por la Ley de Amnistía y confirmada tanto por este Tribunal como por el estándar europeo.
"Mantener tales medidas en este contexto supondría un sacrificio desproporcionado e innecesario, incompatible con los principios de proporcionalidad, necesidad y mínima injerencia que rigen en esta fase", advierte.
Por tanto, señala que la suspensión cautelar solicitada no sólo resulta procedente, sino jurídicamente obligada para garantizar la efectividad del recurso de amparo y evitar la lesión irreversible de los derechos fundamentales del recurrente.
Por todo ello, pide "la suspensión inmediata de las órdenes de busca, detención e ingreso en prisión" y que se mantenga hasta que este Tribunal dicte sentencia firme, así como la comunicación inmediata de la suspensión a los órganos judiciales y policiales competentes, nacionales y europeos, para garantizar la paralización total de cualquier actuación dirigida a ejecutar las órdenes impugnadas.
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