Convocadas las ayudas para impulsar espacios comerciales en bares de pequeños municipios de la provincia

La subvención que se conceda no podrá superar el 100 % del presupuesto de la actividad subvencionable hasta un máximo de 15.000 euros

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Convocadas las ayudas para impulsar espacios comerciales en bares de pequeños municipios de la provincia
Apoyo al pequeño comercio en el medio rural.
El autor esIsabel  Rodríguez
Isabel Rodríguez
Lectura estimada: 3 min.
La Diputación de Zamora ha aprobado las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones destinadas a la habilitación de espacios comerciales en bares abiertos de municipios y entidades locales menores de la provincia con menos de 1.000 habitantes, una iniciativa dotada con 50.000 euros- ampliables hasta los 75.000 euros sin necesidad de realizar una nueva convocatoria-, que tiene como objetivo mejorar el acceso de los vecinos a productos y servicios básicos. 

 

La convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, está dirigida a autónomos, personas jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles siempre que tengan la condición de microempresa titulares de un bar (empresas que ocupen a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o balance general no supere los 2 millones de euros), así como las asociaciones sin ánimo de lucro que exploten directamente un establecimiento de hostelería. 

 

Deben estar dados de alta en el Censo de Actividades Económicas (servicios de comidas y bebidas) y ejercer la actividad económica en una localidad de la provincia de Zamora cuyo núcleo urbano sea inferior a 1.000 habitantes y lleven a cabo la realización del objeto subvencionable en el momento de la solicitud. 

 

En la localidad en el que se encuentre abierto el bar interesado, no debe existir ningún otro negocio dedicado a la actividad comercial de alimentos básicos en general, excepto comercios de dedicación exclusiva de elaboración de pan y/o derivados o venta exclusiva de frutas, de carnes, pescados, quesos, miel, etc. en el momento de cursar la solicitud (no se considerarán comercio a estos efectos los servicios itinerantes o estacionales). 

 

Se entiende por bares aquellos establecimientos de titularidad privada destinados a satisfacer las necesidades de recreo, esparcimiento y relación social entre los vecinos y demás ciudadanos. 

La subvención que se conceda no podrá superar el 100 % del presupuesto de la actividad subvencionable hasta un máximo de 15.000 euros.

 

Estas ayudas permitirán financiar las obras de adecuación del local para la habilitación de un espacio de venta de productos básicos de primera necesidad. También se podrán destinar en concepto de adquisición del equipamiento y mobiliario hasta un máximo del 45% del total de la subvención concedida.

 

El beneficiario deberá comprometerse a la apertura del bar al menos 5 días a la semana y mantener dicha actividad al menos tres años, gestionado durante todo el año por una persona que estará dada de alta en la Seguridad Social y al corriente en el pago de las respectivas cuotas.

 

La Diputación pretende facilitar que los bares instalados en el medio rural puedan ampliar los servicios que prestan a los vecinos, especialmente en aquellos municipios que carecen de comercio permanente o disponen de una oferta comercial limitada. 

 

El presidente de la Diputación de Zamora, Javier Faúndez, destacó que "los bares son mucho más que un establecimiento hostelero. En muchos pueblos constituyen un auténtico centro de convivencia y un servicio fundamental para los vecinos. Con esta línea de ayudas queremos favorecer que puedan ampliar su actividad y ofrecer nuevos servicios que contribuyan a mejorar la vida diaria de quienes residen en el medio rural".

Plazos

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora. Las actuaciones subvencionadas se podrán adjudicar y ejecutar entre el 1 de enero de 2026 y hasta el 30 de junio de 2027. El plazo de presentación de la documentación justificativa de las obras podrá efectuarse hasta el 15 de julio de 2027.

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