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A juicio un hombre por extraer 1.800 euros del cajero sin autorización de su suegra
El acusado no podrá ser condenado con cárcel en aplicación del artículo 268.1 del Código Penal, según el cual están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil los cónyuges que no estuvieren separados legalmente o de hecho o en proceso judicial de separación, divorcio o nulidad
La Audiencia de Valladolid celebrará este martes, 23 de noviembre, un peculiar juicio contra un hombre acusado de retirar de la cuenta de su suegra un total de 1.800 euros, a través del cajero automático, pero a quien Fiscalía no pide pena privativa de libertad al aplicarle la excusa absolutoria por razón de parentesco.
Aunque la acusación pública imputa a Jesús C.P. un delito de estafa cualificada, el acusado no podrá ser condenado con cárcel en aplicación del artículo 268.1 del Código Penal, según el cual están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil los cónyuges que no estuvieren separados legalmente o de hecho o en proceso judicial de separación, divorcio o nulidad de su matrimonio, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
Dicho artículo es también de aplicación a los ascendientes, descendientes y hermanos por naturaleza o por adopción, así como a los afines en primer grado si viviesen juntos, por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí, siempre que no concurra violencia o intimidación o abuso de la vulnerabilidad de la víctima, ya sea por razón de edad o por tratarse de una persona con discapacidad.
Por tal motivo, en el presente caso la acusación pública se presenta al juicio con una única petición de responsabilidad civil con el fin de que el encausado indemnice a la víctima en la cantidad de 1.800 euros.
Los hechos se remontan a los días 19 y 21 de julio de 2019 cuando el acusado, quien convivía en el mismo domicilio con su esposa y la madre de ésta, se dirigió, presuntamente, a la oficina de BBVA de un pueblo de Valladolid y, utilizando la cartilla de su suegra, realizó en el cajero automático sendas extracciones por importe cada una de 900 euros, sin contar con la autorización de la víctima y con el propósito de enriquecerse injustamente.
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